Órdenes de Restricción
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El mejor abogado en órdenes de restricción
Una orden de restricción es una orden judicial que obliga a una persona a abstenerse de ciertas acciones en beneficio de otra persona. Una orden de restricción se emite después de que una persona presenta una petición de orden de protección ante el tribunal, y el tribunal determina que es necesaria una orden de emergencia para proteger al solicitante del abuso. Por lo general, un juez emitirá una orden de restricción temporal, que generalmente vence después de 21 días. En la fecha de vencimiento, el juez puede emitir una orden de restricción permanente si el solicitante y el demandado comparecen ante el tribunal para defender sus posiciones.
Delitos específicos que se castigan con una orden de restricción
Las órdenes de alejamiento se emiten para impedir que una persona cometa o amenace con cometer determinados actos de violencia o intimidación. El Código Penal define cuatro delitos específicos que se le puede ordenar a una persona que se abstenga de cometer.
El artículo 273.6 del Código Penal prohíbe que una persona cometa el delito de acoso contra una víctima nombrada en una orden de alejamiento. La ley define el acoso como cualquier conducta deliberada que alarme, moleste, atormente o aterrorice gravemente a otra persona y que no tenga ningún propósito legítimo.
La Sección 273.6 del Código Penal también prohíbe que una persona aceche a otra persona nombrada en una orden de restricción. La ley define el acecho como seguir o acosar de manera deliberada, maliciosa y repetida a otra persona y hacer una amenaza creíble con la intención de infundirle temor razonable por su seguridad.
La Sección 273.55 del Código Penal prohíbe que una persona intimide deliberadamente a otra persona nombrada en una orden de restricción en su contra. La ley define la intimidación como causarle a otra persona un temor razonable por su seguridad amenazándola con cometer un delito.
La Sección 273.6 del Código Penal también prohíbe que una persona acose deliberadamente a otra persona nombrada en una orden de restricción. La ley define el acoso como cualquier conducta deliberada que alarme, moleste, atormente o aterrorice gravemente a otra persona y que no tenga ningún propósito legítimo.
Tipos de órdenes de restricción
Hay cuatro tipos de órdenes de restricción: de emergencia, ex parte, temporales y permanentes.
Una orden de restricción de emergencia se emite después de que una persona presenta una solicitud de orden de restricción y el tribunal determina que existe una necesidad inmediata de proteger al solicitante contra el abuso. La orden de emergencia vence en siete días, momento en el cual el solicitante puede solicitar al tribunal que extienda la orden por 21 días completos.
Una orden de restricción ex parte se emite después de que una persona presenta una solicitud de orden de restricción y el tribunal determina que existe una necesidad inmediata de proteger al solicitante contra el abuso. El tribunal puede emitir una orden de restricción ex parte sin escuchar al demandado. Una orden ex parte vence en cinco días.
Se emite una orden de restricción temporal después de una audiencia y el tribunal determina que las circunstancias justifican una orden de restricción completa de 21 días.
Una orden de restricción permanente se emite después de que una de las partes nombradas en la orden comparezca ante el tribunal. Si el demandado comparece, el tribunal puede emitir una orden de restricción permanente. Si el demandado no comparece, el juez puede emitir una orden de restricción permanente.
Las personas también pueden solicitar una orden de restricción por acoso civil. Una orden de restricción por acoso civil se emite en un tribunal civil y no requiere que se presenten cargos penales contra el demandado.
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